El anillo único
Partidos, separación de poderes y diez preguntas para no resignarse
Dentro del pensamiento conservador tradicional hay un concepto que siempre aparece, y que probablemente es uno de los pilares sobre el que construir todo lo demas, ese concepto es el de "limite". Y si algo debo ser limitado eso es el poder. Es por ello que he considerado conveniente iniciar mis publicaciones hablando de la limitación de poderes. ¡Vamos allá!
Toda esta reflexión personal nace de una semilla que el letrado de las Cortes José María Codes Carvajal sembró en su clase magistral en el ISSEP. Gracias, José María, por hacerme pensar más allá del ruido, las siglas y los colores.
En El Señor de los Anillos, Tolkien imaginó diecinueve anillos de poder repartidos entre elfos, enanos y hombres. Cada pueblo creía gobernar con el suyo. No sabían que existía otro, forjado en secreto, cuyo único propósito era gobernar a todos los demás.
Hay un detalle de la historia que casi siempre se pasa por alto. Los tres anillos de los elfos se forjaron limpios, sin intervención del enemigo. Su diseño era bueno. Y aun así, quedaron atados al Único.
Creo que esa imagen explica mejor que ninguna lo que le ocurre hoy a la separación de poderes en España. Tenemos tres poderes bien diseñados. Y los tres responden al mismo anillo.
Montesquieu lo había intuido. En 1748 escribió que «todo estaría perdido si el mismo hombre, el mismo cuerpo de personas principales, de los nobles o del pueblo, ejerciera los tres poderes». Pensaba en el rey absoluto y en las asambleas. No podía imaginar el cuerpo que hoy cumple esa descripción mejor que ningún otro: el partido político.
Durante mucho tiempo se llamó a la prensa «cuarto poder». Era el contrapeso que vigilaba a los otros tres. Ese nombre ya no sirve. El poder que de verdad se ha sumado a los tres clásicos no los vigila: los gobierna. Y no ocupa un cuarto despacho, sino todos a la vez.
Este texto no pretende ofrecer un programa. Pretende recorrer un camino, paso a paso. Primero, recordar por qué separamos el poder. Después, entender cómo puede capturarse una Constitución sin cambiarle una coma. Luego, ver los hechos: en los tres poderes, en los medios y en la alternancia. Después, buscar contrapesos: en la Corona y en cada nivel del Estado. Y al final, quedarnos con diez preguntas que bajan desde lo más visible hasta la raíz de todo.
I. Por qué separamos el poder
La separación de poderes no nace de una visión optimista del poder. Nace exactamente de lo contrario.
Montesquieu partió de una constatación: es «una experiencia eterna que todo hombre investido de autoridad abusa de ella». Y de ahí sacó su fórmula: para que no se abuse del poder, el poder debe frenar al poder. James Madison lo completó en 1788: acumular los tres poderes «en las mismas manos, sean de uno, de pocos o de muchos» es «la definición misma de la tiranía». El remedio es que «la ambición contrarreste a la ambición».
La idea es más antigua que ellos. Aristóteles distinguía en toda ciudad la parte que delibera, la que manda y la que juzga. Polibio atribuyó la grandeza de Roma a su constitución mixta, en la que cónsules, Senado y pueblo se frenaban entre sí. Santo Tomás lo resumió así: «Esta es la mejor forma política bien combinada: de realeza, en cuanto que uno solo es el jefe; de aristocracia, en cuanto que varios gobiernan porque tiene capacidad; de democracia, o sea de poder del pueblo, en cuanto que los dirigentes pueden ser elegidos entre los hombres del pueblo y corresponde al pueblo la elección de los gobernantes». Y España conoció durante siglos reyes que juraban los fueros y Cortes que votaban los tributos.
Robert Michels añadió en 1911 la razón que vuelve imprescindible el freno. Estudiando a los socialdemócratas alemanes, que se tenían por el partido más democrático de Europa, formuló la ley de hierro de la oligarquía: «Quien habla de organización habla de oligarquía». Dalmacio Negro ha extendido esa ley a toda forma de gobierno. Siempre mandan unos pocos. La pregunta seria no es cómo evitarlo, sino cómo impedir que esos pocos se cierren sobre sí mismos y escapen a todo control.
La separación de poderes no protege a los poderes. Protege al ciudadano. Si quien hace la ley también la ejecuta y la juzga, nadie puede pararle.
En ese diseño, los partidos tenían un lugar preciso. La Constitución de 1978 dice en su artículo 6 que «concurren a la formación y manifestación de la voluntad popular y son instrumento fundamental para la participación política». Concurren: compiten junto a otros, no monopolizan. Instrumento: son un cauce, no un dueño. Lorenz von Stein los había definido en el siglo XIX como el medio por el que la sociedad entra en el Estado. La dirección importa: de abajo arriba.
El diseño era bueno. Ahí empieza el misterio. Si nadie lo ha derogado, ¿cómo ha podido dejar de funcionar?
II. Cómo se captura una Constitución sin tocarla
La respuesta la dio hace más de medio siglo un constitucionalista británico, Kenneth C. Wheare, en Las constituciones modernas. Una Constitución, venía a decir, es como un esqueleto. Son los partidos políticos los que le ponen la carne y la sangre: la vida.
La imagen funciona en los dos sentidos. Un esqueleto puede permanecer intacto mientras el cuerpo que sostiene se transforma por completo.
Wheare explicó cómo ocurre. Junto a la reforma formal y a la interpretación de los jueces, las constituciones cambian por convenciones: reglas no escritas que quienes manejan la Constitución aceptan como obligatorias. Una de sus fuentes, señalaba, es el acuerdo entre los jefes de los partidos. Y precisaba su alcance con exactitud: una convención puede anular el ejercicio de una facultad legal, transferirla o completarla. Lo que no puede es abolirla.
Esa es la clave de todo lo que sigue. Nadie ha derogado la separación de poderes. Las facultades siguen donde la Constitución las puso. Pero su ejercicio se ha transferido, por convención, a otro lugar.
No lo digo yo. Lo dice uno de los padres de la Constitución. Miguel Herrero de Miñón fue ponente del texto de 1978 y participó en la elaboración de las primeras normas electorales de la Transición. En un ensayo sobre la mutación constitucional, enumeró las prácticas que han ido cambiando la Constitución sin reformarla. Entre las contrarias al texto expreso, cita esta: «la aparición de un mandato neoimperativo a favor de los partidos políticos pese al tenor del art. 67, 2 CE».
El artículo 67.2 prohíbe el mandato imperativo. Uno de sus autores reconoce que la práctica ha creado justo lo que prohíbe, solo que a favor del partido. Para este fenómeno, Herrero de Miñón usa una fórmula latina: eadem sed aliter. La misma Constitución, funcionando de otra manera.
Dalmacio Negro describe a dónde lleva esa mutación. Lo que debía llevar la sociedad al Estado ha llegado a ser, escribe, «la vía por la que el Estado penetra en la sociedad civil» a través de los partidos. «Consensuados entre sí a efectos de patrimonializar el Estado», añade, «colonizan la sociedad civil apoyándose en la burocracia». La dirección de von Stein se ha invertido. Y en un Estado así, concluye, la separación de poderes «se reduce a mera separación de funciones».
Gaetano Mosca vio algo que a Montesquieu se le escapó. Si la separación de poderes funcionaba en la Inglaterra que él admiraba, era «porque detrás de cada órgano, fuese el rey o el Parlamento, existía una fuerza política especial»: detrás del rey, el prestigio de la Corona y la burocracia; detrás del Parlamento, las clases propietarias. Ahí está la clave. Los poderes se frenan entre sí cuando detrás de cada uno hay una fuerza distinta. Cuando detrás de los tres está la misma, la separación sigue en el papel, pero ya no separa nada.
Eso explica el mecanismo. Falta ver si los hechos lo confirman.
III. Tres anillos atados al Único
El mecanismo es sencillo. El partido hace las listas, cerradas y bloqueadas. El grupo parlamentario decide quién habla y qué enmiendas se presentan. La mayoría forma el Gobierno. Y las Cortes y el Gobierno eligen después a quienes deben controlarlos. Gonzalo Fernández de la Mora lo resumió en 1977: los tres poderes «tienen un solo dueño».
Bastan tres ejemplos, uno en cada poder. En los tres, la pregunta es la misma: quién debería decidir y quién decide de verdad.
El ejecutivo. Que el Gobierno sea del partido que gana las elecciones es legítimo: para eso votamos. El problema empieza cuando el partido ocupa también lo que debería servir a todos, gobierne quien gobierne. El Centro de Investigaciones Sociológicas mide con dinero público lo que piensan los españoles, y debería ser tan neutral como un termómetro. En junio de 2018 el Gobierno puso al frente a José Félix Tezanos, que en ese momento era miembro de la Ejecutiva del partido del Gobierno. Es como si el árbitro saliera al campo con la camiseta de uno de los equipos. Y no es un caso aislado: presidencias de empresas públicas, organismos reguladores y agencias se reparten con el mismo criterio, sea cual sea el color del Gobierno. El Gobierno es del partido. La Administración debería ser de todos.
El legislativo. La Constitución dice que los diputados no están ligados por mandato imperativo (art. 67.2): cada uno debería votar según su criterio. En la práctica vota lo que decide la dirección de su partido. Es ella quien hace las listas, cerradas y bloqueadas, y quien rompe la disciplina de voto paga una multa y, sobre todo, se arriesga a no volver a ir en la lista. En 2016, el grupo socialista multó a los diputados que votaron contra la investidura de Rajoy desobedeciendo a su dirección. Y las grandes decisiones ni siquiera se toman en la Cámara. El 9 de noviembre de 2023, el PSOE y Junts firmaron en Bruselas el acuerdo que cambiaba la amnistía por la investidura; lo que después votó el Congreso ya estaba decidido. Es la convención de Wheare en estado puro: la facultad sigue siendo de las Cortes, pero se ejerce en otro sitio. Fernández de la Mora lo había anticipado: «Suprema ironía, tratándose del presunto poder legislativo». Votamos a 350 diputados. Deciden unos pocos despachos.
El judicial. Un juez no puede afiliarse a un partido. Los partidos, en cambio, deciden quién gobierna a los jueces y quién acusa. Hasta 1985, los jueces elegían a los doce vocales de origen judicial del Consejo General del Poder Judicial. Ese año, la reforma de la ley pasó la elección de los veinte a las Cortes. El Constitucional la dio por buena en 1986, pero dejó escrita una advertencia: «La lógica del Estado de partidos empuja a actuaciones de este género, pero esa misma lógica obliga a mantener al margen de la lucha de partidos ciertos ámbitos de poder y entre ellos, y señaladamente, el Poder Judicial». En 2018, el portavoz del PP en el Senado escribió a sus compañeros que el pacto con el PSOE les permitiría controlar «la Sala Segunda desde detrás». Después vino un bloqueo de casi seis años, que terminó el 25 de junio de 2024 con un acuerdo firmado en Bruselas entre el Gobierno y el PP: diez vocales para cada uno.
Con quien acusa ocurre lo mismo. El Fiscal General lo propone el Gobierno y cesa con él. El 6 de noviembre de 2019, en Radio Nacional, Pedro Sánchez preguntó a su entrevistador: «¿De quién depende la Fiscalía?». Le respondieron que del Gobierno. «Pues ya está». Dos meses después, la ministra de Justicia pasó directamente a ser Fiscal General. Y en noviembre de 2025 el Tribunal Supremo condenó a su sucesor a dos años de inhabilitación por revelación de datos reservados. El problema no es un nombre. Es un diseño en el que cada mayoría tiene su Consejo y cada Gobierno, su fiscal.
Gustavo Bueno advertía que ni siquiera los tres poderes clásicos agotan el mapa. En su modelo de la sociedad política hay nueve, y entre ellos están el gestor, el planificador y el redistributivo: la Administración, la planificación y los impuestos. También ahí, en empresas públicas, organismos reguladores y subvenciones, el anillo ha encontrado acomodo.
Quedaba, en teoría, un último vigilante. Uno que no estaba dentro del sistema, sino fuera, mirándolo.
IV. Los vigilantes también llevan anillo
Thomas Carlyle atribuyó a Edmund Burke la idea de que, además de los tres estados representados en el Parlamento, había en la tribuna de los periodistas un cuarto estado más importante que todos ellos. La expresión hizo fortuna. Durante dos siglos la prensa se ha presentado como el vigilante que no está dentro del sistema, sino fuera, mirándolo.
La idea es buena. Pero obliga a una pregunta incómoda, la que ya formuló Juvenal: ¿quién vigila a los vigilantes?
El problema no es que los medios tengan línea editorial. Es legítimo y saludable que la tengan. El problema es quién paga al vigilante.
Los datos que recoge el Informe XXVIII de la Fundación Disenso (junio de 2026), una fundación próxima a Vox y por tanto con su propio punto de vista, son públicos y verificables. RTVE maneja más de 1.000 millones de euros al año, con más del 90 % de sus ingresos de explotación procedentes del Estado, y su presidencia la elige el Parlamento desde 2006: es decir, la eligen los partidos. Las televisiones autonómicas reciben hoy cerca de otros 1.000 millones en fondos públicos.
Desde 2023, el Gobierno de la Nación es el mayor anunciante del país, por delante de cualquier multinacional. Las comunidades autónomas añaden en torno a 200 millones anuales en publicidad institucional.
La tendencia no distingue colores. Según el mismo informe, los gobiernos de Zapatero gastaron 1.506 millones en publicidad entre 2007 y 2011; los de Rajoy, 986; los de Sánchez, 1.766,8 entre 2019 y 2025. Unos más, otros menos. Ninguno renunció a la palanca.
Un medio que depende de la publicidad institucional o de un consejo nombrado por las Cortes puede ser valiente. Pero lo es contra su interés, no a favor de él. Y un sistema de contrapesos no puede descansar en la heroicidad de nadie.
David Cerdá lo resume así: si hubiera que poner una imagen a la democracia, «no sería desde luego una urna, sino un retrato de Montesquieu». Y plantea la pregunta decisiva: «¿Cómo va a residir el poder en un pueblo que está a oscuras?». Sin información libre, la soberanía popular es una ficción jurídica.
El último vigilante, por tanto, tampoco está del todo fuera. También a él le han ofrecido un anillo.
Llegados aquí, la respuesta más habitual es la más sencilla: si el problema es quién manda, basta con cambiar a quien manda. Conviene detenerse en ella, porque es la más tentadora de todas.
V. La tentación de Boromir
En El Señor de los Anillos hay un personaje que encarna mejor que ningún otro esta tentación. Boromir no es un villano. Es un hombre valiente y leal a su ciudad que, ante el anillo, razona como razonaría cualquiera de nosotros: el anillo es peligroso en manos del enemigo, pero en las nuestras podría salvar Gondor. Usarlo para el bien.
Gandalf y Galadriel, los más sabios de la historia, lo rechazan cuando se les ofrece. No porque se crean débiles, sino porque saben que el anillo no se deja usar para el bien. Corrompe a quien lo lleva, empezando por los mejores.
La ciencia política lleva más de un siglo diciendo lo mismo con menos poesía. El propio Mosca observó que, cuando una minoría organizada cae, no la sustituye el pueblo, sino otra minoría organizada. Gonzalo Fernández de la Mora, en La partitocracia (1977), lo llamó «monismos sucesivos»: el poder deja de estar dividido para pasar, entero, de un dueño a otro. «El Estado es una presa», escribió, y la presa cambia de manos sin dejar de ser presa.
La experiencia reciente lo confirma. Fortunata y Jacinta describió nuestro régimen como una «partitocracia coronada», y observó cómo un partido nacido para impugnar ese régimen, Podemos, terminó convertido en «un partido consolidado y homologable». No destruyó el anillo. Se lo puso.
De ahí la tesis central de este ensayo: la alternancia cambia quién lleva el anillo. No cambia que el anillo exista.
Por eso me da igual que unas veces lo lleven los azules y otras los rojos. Si el sistema solo funciona cuando gobiernan los buenos, no es un sistema de contrapesos: es una apuesta. Cerdá lo dice sin rodeos: «Pensar que la solución a nuestros males civiles pasa por un simple recambio […] sería un error imperdonable».
Si el problema no es quién, sino dónde —dónde se concentra el poder, no quién lo ejerce—, la siguiente pregunta es obvia: ¿dónde podría estar el contrapeso? Tolkien sugiere dos respuestas. La primera está en Minas Tirith, en quien pudo tomar el anillo y no lo tomó. La segunda, en la Comarca.
VI. El retorno del rey
Frente a Boromir, Tolkien levanta otra figura. Aragorn, heredero de Isildur, tuvo el anillo al alcance de la mano desde la primera noche en Bree. Podía haberlo tomado y no lo tomó. No por falta de fuerza, sino porque sabía que su derecho no nacía del anillo, sino de algo anterior a él.
Gondor llevaba siglos gobernada por senescales, administradores en nombre de un rey ausente. El último de ellos, Denethor, había olvidado que custodiaba algo que no era suyo. Ese es el riesgo de todo administrador que dura demasiado: confundir la custodia con la propiedad. Los partidos administran un poder que no les pertenece. Lo ejercen en nombre de la nación, que estaba antes que ellos y estará después.
El regreso de Aragorn está lleno de gestos que merecen atención. No entra en Minas Tirith para reclamar el trono mientras dura la guerra, para no dividir la ciudad. Cuando entra, lo hace de noche y para curar a los heridos, y es entonces cuando los suyos lo reconocen: en Gondor se decía que las manos del rey eran manos que curan. Al final no se pone la corona a sí mismo. La recibe de otros.
Y antes de todo eso, recorre la Senda de los Muertos. Allí aguardan hombres que juraron combatir al enemigo y no cumplieron, condenados a no descansar hasta saldar su deuda. Solo el heredero legítimo puede llamarlos. Ellos cumplen. Y él, en lugar de quedárselos como ejército propio, los deja ir.
Burke escribió que la sociedad es una asociación entre los vivos, los muertos y los que han de nacer. Chesterton llamó a la tradición «la democracia de los muertos». En España solo hay una institución que habla, de algún modo, en nombre de todos ellos: la Corona, la más antigua del Estado. Cuando el Rey jura la Constitución, carga con una historia de juramentos cumplidos e incumplidos. No para usarla como fuerza, sino para que lo jurado se cumpla.
Nuestra Constitución no le da a la Corona espada alguna. Le encomienda arbitrar y moderar el funcionamiento regular de las instituciones (art. 56) y le exige jurar que guardará y hará guardar la Constitución (art. 61). Manuel Aragón lo resumió así: el Rey no tiene potestas, pero sí auctoritas. Herrero de Miñón va más lejos y ve en la Jefatura del Estado una «magistratura de garantía de las formas y los valores constitucionales». Su fuerza no está en lo que manda, sino en lo que no desea. Es la única magistratura del Estado que no ha pedido el voto a nadie y que no debe su puesto a ninguna lista.
Por eso incomoda. En septiembre de 2020, el Gobierno decidió que el Rey no fuera a Barcelona a entregar sus despachos a los nuevos jueces. El refrendo, pensado para que alguien responda de los actos del Rey, sirvió para decidir dónde podía estar el Rey. El anillo intentó alcanzar también al único que no lo quería.
Conviene no idealizar. Nuestro Rey no es Aragorn: no manda ejércitos ni gobierna, y no debe hacerlo. Ortega advirtió del «inmoderado poder del poder moderador», y la Corona solo conserva su autoridad mientras no toma partido. Pero precisamente por eso es valiosa. En un sistema donde todos los demás desean el anillo, hay una institución cuya razón de ser es no desearlo.
Aragorn no destruyó el anillo. Lo destruyeron los más pequeños. Pero sin un rey que no lo quisiera, nadie les habría dado tiempo para llegar.
Queda la otra respuesta de Tolkien. Los pequeños venían de algún sitio.
VII. La Comarca
La Comarca no tiene rey, ni ejército, ni grandes instituciones. Tiene familias, oficios, pequeñas propiedades, un alcalde que apenas preside banquetes y una red espesa de costumbres. Muchos lectores han visto en ella el ideal distributista de Chesterton y Belloc, cuya obra Tolkien conocía. Y no es casual que el anillo lo destruya un hobbit de la Comarca, no un rey.
Hasta aquí hemos pensado la separación de poderes en horizontal: legislativo, ejecutivo, judicial, y los medios como vigilantes. Pero hay otra separación, más antigua y quizá más sólida: la vertical. El poder repartido entre el municipio, la región, la nación y Europa; y, por debajo y al lado de todos ellos, entre los cuerpos que la sociedad crea por sí misma.
La doctrina social de la Iglesia le dio nombre: subsidiariedad. Pío XI la formuló en Quadragesimo anno (1931, n. 79): «como no se puede quitar a los individuos y dar a la comunidad lo que ellos pueden realizar con su propio esfuerzo e industria, así tampoco es justo, constituyendo un grave perjuicio y perturbación del recto orden, quitar a las comunidades menores e inferiores lo que ellas pueden hacer y proporcionar y dárselo a una sociedad mayor y más elevada».
Belloc, en El Estado servil (1912), advirtió que cuando la propiedad se concentra en pocas manos, la libertad política acaba siendo una formalidad. Escohotado, desde una tradición muy distinta, llegó por otro camino a una desconfianza parecida hacia quienes prometen redimir a la sociedad desde arriba. Lo que vale para la propiedad vale para el poder: cuanto más repartido, más difícil es ponerle un anillo.
No hace falta inventar nada. Nuestro ordenamiento ya lo dice. La Constitución garantiza la autonomía de municipios, provincias y comunidades (arts. 137 y 140). Los Estatutos de Autonomía reparten competencias. La Carta Europea de Autonomía Local, ratificada por España, establece que el ejercicio de las competencias públicas debe incumbir preferentemente a las autoridades más cercanas a los ciudadanos (art. 4.3). Y el Tratado de la Unión Europea consagra la subsidiariedad como principio (art. 5.3).
El papel es impecable. La práctica, otra cosa. Los alcaldes no los eligen los vecinos, sino los concejales, es decir, las listas de los partidos. Los parlamentos autonómicos designan senadores y proponen magistrados del Tribunal Constitucional, de modo que el anillo baja por un camino y sube por otro. La descentralización no ha dispersado el poder de los partidos: lo ha multiplicado por diecisiete.
Y hacia arriba ocurre algo parecido. Ricardo Ruiz de la Serna advierte de que en la Unión Europea se aspira a una «soberanía limitada» de las naciones, y señala la «vis expansiva» de las competencias de Bruselas. Herrero de Miñón, por su parte, escribe que la meta de ciertas administraciones independientes, sustraídas al control ordinario, es «un redivivo estado autoritario, es decir, exento de todo control democrático y jurisdiccional». Un anillo puede forjarse también lejos de casa.
Esto obliga a ser honestos también con las propuestas que nos son cercanas. Hay quien defiende, con argumentos serios, un «Estado unitario, administrativamente descentralizado». Es una posición legítima, y tiene a su favor la experiencia de diecisiete anillos pequeños. Pero deja abierta una pregunta que no conviene esquivar: si la descentralización ha fallado, ¿la respuesta es concentrar más, o descentralizar mejor, hacia el municipio y hacia la sociedad, y no hacia las cúpulas regionales de los partidos?
No tengo la respuesta. Y ahí está la razón de lo que sigue. Este no es un ensayo de soluciones, sino de preguntas. Diez, ordenadas como un descenso: desde las instituciones visibles hasta la raíz de por qué separamos el poder.
VIII. Diez preguntas, de lo visible a la raíz
Se habla mucho de la batalla de las ideas. Si esa batalla de importa, lo primero no es tener respuestas, sino hacer bien las preguntas.
Son diez, como los Mandamientos y como los principios conservadores que enumeró Russell Kirk. No pretenden ser un programa. Están ordenadas como un descenso: empiezan por las instituciones, siguen por quienes deberían vigilarlas y por los partidos, bajan a la sociedad y a la soberanía, llegan a los fundamentos y terminan en nosotros mismos.
1. ¿Quién debe nombrar a quienes juzgan al poder?
El Tribunal Constitucional nació fuera del Poder Judicial, con magistrados propuestos por las Cámaras, el Gobierno y el CGPJ, y en la práctica sus mayorías se cuentan por afinidades. Una salida sería una Sala de lo Constitucional dentro del Supremo, integrada por jueces de carrera. Otra, que parte de esos nombramientos saliera de una instancia que no deba nada a ningún partido: en Italia, el jefe del Estado, que no gobierna, nombra a cinco de los quince jueces constitucionales. En España, la única magistratura que no debe su puesto a una lista es la Corona, y su papel en esos nombramientos se limita hoy a firmar. Hemos entregado toda la potestas a quienes desean el anillo. ¿Qué haremos con la única auctoritas que nunca lo ha deseado?
2. ¿Votamos un Parlamento o un Gobierno?
Elegimos diputados que eligen a un presidente, y el presidente, a través del partido, decide quiénes serán diputados. Además, muchos ministros siguen siendo diputados mientras gobiernan, de modo que votan sobre lo que ellos mismos hacen. En Francia, los Países Bajos, Bélgica o Suecia, quien entra en el Gobierno deja su escaño.
Antonio García-Trevijano, republicano, llevó la objeción a su raíz: «Sin elecciones directas y separadas al poder ejecutivo y al poder legislativo no puede haber separación de poderes en el Estado ni, en consecuencia, garantía alguna de libertad política». Herrero de Miñón, monárquico, le respondería que el parlamentarismo consiste precisamente en que el Gobierno nace de la Cámara, y que «ello debiera ser tenido en cuenta por quienes exigen una rigurosa separación de poderes a la vez que alaban el sistema parlamentario». Uno pide separar en origen; el otro recuerda el precio. ¿Puede un Parlamento controlar a un Gobierno que se sienta en sus propios escaños?
3. ¿Y si el Senado fuera la cámara que vigila?
El Senado no elige al Gobierno ni puede derribarlo: el Gobierno solo responde ante el Congreso. En teoría, eso lo convierte en la cámara mejor situada para ser independiente. En la práctica es un eco del Congreso: sale de las mismas listas, el mismo día y con la misma disciplina. Podría ser otra cosa con mandatos más largos y renovación por mitades, de modo que su mayoría no coincidiera con la del Gobierno, y si fuera la cámara donde se examinan, con audiencias públicas y mayorías amplias, los nombramientos de quienes vigilan al poder. ¿Queremos una segunda cámara que repita o una que vigile?
4. ¿Puede el vigilante deberle algo al vigilado?
Un controlador deja de serlo cuando depende del controlado en una de tres cosas: su nombramiento, su dinero o su futuro. Las dos primeras ya las hemos visto. La tercera es la más silenciosa: hemos visto a un ministro de Justicia pasar al Tribunal Constitucional y a una ministra pasar a la Fiscalía General. La ley limita durante dos años que un alto cargo pase a una empresa privada, pero no que pase a juzgar o controlar al Gobierno del que formó parte. ¿No debería haber un tiempo de enfriamiento, también para el juez que entra en política y quiere volver a juzgar?
5. ¿Debe un Gobierno poder pagar a quien le vigila?
El Gobierno es el mayor anunciante del país. Su televisión pública la presiden personas elegidas por los partidos, y las licencias de las privadas también las concede él. La ley ya prohíbe las campañas que sirvan para «destacar los logros de gestión», pero el gasto no deja de crecer. Hay quien defiende que a una televisión pública le basta con un gobierno independiente, como el de la BBC. Otros recuerdan que una autonómica cerró en 2013 y el mundo siguió girando. ¿Basta con limitar la publicidad institucional y blindar los medios públicos, o hay que preguntarse si un Estado necesita tener televisión?
6. ¿A quién se debe el diputado?
La Constitución prohíbe el mandato imperativo, pero los partidos lo ejercen cada día. Burke defendió ante sus electores de Bristol que el diputado se debe a su propio juicio. Entre la obediencia al partido y la libertad absoluta caben otras lealtades: con los afiliados, mediante primarias reales y consultas vinculantes; con los votantes, mediante la rendición de cuentas o incluso la revocación. Herrero de Miñón escribe que el mayor valor del referéndum consiste «en reducir el control de la clase política sobre las decisiones populares». ¿Podría la democracia interna hacer dentro de los partidos lo que la separación de poderes ya no consigue fuera?
7. ¿Por qué el médico responde y el ministro no?
Un médico responde por su negligencia. Un asesor financiero, también. Un arquitecto cuya obra se derrumba, desde luego. Pero un ministro que despilfarra o un juez que prevarica de forma burda rara vez responde con su patrimonio o con su carrera. ¿Debe extenderse a políticos y jueces una responsabilidad civil y profesional comparable a la del resto de los ciudadanos, sin convertirla en un arma del adversario?
8. ¿Dónde debe tomarse cada decisión?
La subsidiariedad pide que decida la instancia más cercana capaz de hacerlo bien. Hacia abajo, eso significa municipios y cuerpos con vida propia, anterior al partido que gobierna: colegios profesionales, sindicatos, universidades, las Fuerzas Armadas, la Iglesia, las asociaciones civiles. Hacia arriba, significa Europa: el artículo 93 permite ceder competencias, y se ha convertido también en un modo de sacar decisiones del alcance del votante. ¿Qué no debe poder tocar el poder político de lo que la sociedad hace por sí misma, y qué parte de la soberanía no puede cederse nunca?
9. ¿Sobrevive la separación de poderes si el poder no se somete a nada superior?
Antígona desobedece a Creonte invocando leyes no escritas que ningún rey puede derogar. Durante siglos, la tradición occidental dio por hecho que el poder tiene un límite que no se ha dado a sí mismo: la ley natural. Si ese límite desaparece y todo es disponible por mayoría, separar los poderes es solo repartir la misma omnipotencia entre varias manos. ¿Puede una separación de poderes durar mucho tiempo en una sociedad que ya no reconoce nada por encima del poder?
10. ¿Y si el anillo fuera nuestro?
Volvamos al principio. No separamos los poderes porque desconfiemos de nuestros adversarios. Los separamos porque desconfiamos del poder, de todo poder, incluido el que podría caer en nuestras manos. Madison lo escribió en El Federalista (n. 51): «si los hombres fuesen ángeles, el gobierno no sería necesario». No lo somos. Tampoco los nuestros.
Es fácil exigir contrapesos cuando gobiernan otros. La prueba de que creemos en ellos es exigirlos cuando gobernemos nosotros. Así que la última pregunta no es para el adversario, sino para cada uno de nosotros: si mañana el anillo estuviera en nuestras manos, en las de los nuestros, ¿tendríamos el valor de destruirlo?
Destruir el anillo, no a los portadores
Ninguna de estas diez preguntas se responde con la alternancia. Ninguna se resuelve ganando unas elecciones. Todas siguen en pie gobierne quien gobierne. Por eso este ensayo no está escrito contra un partido, sino contra el anillo.
Lo escribo como afiliado a un partido, y no lo oculto. No creo que los partidos deban desaparecer: son el cauce natural por el que una sociedad libre organiza sus diferencias. Creo que deben volver a ser lo que la Constitución dice que son, un instrumento, y dejar de ser el lugar donde se reúnen los poderes que deberían estar separados.
Dalmacio Negro escribe que los gobernados «debieran desconfiar tanto del gobierno como de los partidos, aunque sean los suyos». Esa desconfianza no es deslealtad. Es la forma más alta de lealtad a lo que se defiende.
Si algún día el partido al que apoyamos, sea cual sea, dejara de servir a España para servirse de ella, tendríamos derecho a retirarle nuestro apoyo.
La historia está llena de portadores que prometieron destruir el anillo y terminaron llevándolo. Augusto abre sus Res Gestae presumiendo de haber liberado a la república «oprimida por el dominio de una facción». Lo hizo concentrando en su persona todos los poderes que la república había separado. También eso es ponerse el anillo.
Tolkien, católico, sabía algo que los políticos olvidan con facilidad: el anillo no puede usarse para el bien. No hay manera virtuosa de llevarlo. Y por eso la tarea de destruirlo no se confió a los poderosos, sino a los más pequeños.
No hay que destruir a los partidos. Hay que destruir el anillo.
Montesquieu temía que un mismo cuerpo reuniera los tres poderes.
Hoy ese anillo tiene siglas.
Para seguir leyendo
- Robert Michels, Los partidos políticos (1911).
- K. C. Wheare, Las constituciones modernas.
- Manuel García Pelayo, El Estado de partidos (1986).
- Gonzalo Fernández de la Mora, La partitocracia (1977).
- Antonio García-Trevijano, Frente a la gran mentira (1996).
- Miguel Herrero de Miñón, XXI Ensayos de Derecho Constitucional comparado (2020).
- Manuel Aragón, Dos estudios sobre la Monarquía parlamentaria en la Constitución española (1990).
- Dalmacio Negro, La ley de hierro de la oligarquía (2015; nueva edición, 2024).
- Hilaire Belloc, El Estado servil (1912).
- Russell Kirk, Los diez principios conservadores (1993).
- Fundación Disenso, Informe XXVIII (2026).